Notas
1. El Colectivo Lésbico es una organización de mujeres lesbianas de Bogotá, que hace parte de la comunidad gay-lésbica de Colombia. Entre sus objetivos están hacer investigación social sobre esta temática, promocionar la cultura homosexual y producir materiales pedagógicos sobre el tema del lesbianismo.
2. Palabra que debe entenderse según el sentido usado internacionalmente, que se refiere a grupos que requieren de protección extra, más que a términos numéricos.
3. Entendemos que solo existe una raza, la raza humana, pues las diferentes clasificaciones que se hacen de ellos en razón de fenotipos, son construcciones sociales.
4. Como se vio en la Conferencia Internacional sobre población y Desarrollo celebrada en el Cairo en 1994.
5. Como es el caso de los gays machos, "masculinos", bonitos, y las lesbianas femeninas, de esas a las que no se les nota, los cuales cumplen con el estereotipo de género aceptado, al pasar por heterosexuales.
6. Que se entrelaza con otras relaciones sociales basados en estructuras de edad, raza, clase social, etc.
7. En Bogotá existen grupos de apoyo para lesbianas y homosexuales católicos que sirven como espacio para la expresión de sus creencias y prácticas religiosas, teniendo en cuenta que no se sienten aceptados en la iglesia católica formal. Cabe anotar que los asesores espirituales de estos grupos, lo hacen de manera clandestina ante la clero católico, ante la amenaza de expulsión.
8. Young, Iris, citada por Fraser Nancy. Iusticia Interruptus. Ed. Universidad de los Andes. 1998.
9. Facio, Alda. "De las necesidades básicas a los derechos humanos". En: Rebecca J. Cook. (Ed.) Derechos Humanos de la Mujer. PROFAMILIA, Bogotá. 1997.
10. Aquí surge la tensión entre el ideal del universalismo de los Derechos Humanos y la diversidad cultural como argumento para cuestionar su aplicación universal. Muchas veces hemos escuchado que se usa la idea de respeto por las prácticas culturales, como una excusa para no adoptar ciertos Derechos Humanos. Ejemplo no permitir el matrimonio entre homosexuales bajo el argumento del respeto a costumbres y creencias particulares.
Otra arista de esta tensión la constituye el hecho de que si bien estamos luchando por el derecho a la diferencia y a las identidades culturales, no todas aportan libertad y bienestar para el ser humano, así que las prácticas culturales y las formas de vida diferentes, solo son dignas de protección y defensa, si no vulneran los derechos de los individuos y grupos (Casos como las fuerzas fundamentalistas, el Vaticano, los cabeza rapada, algunas costumbres indígenas, etc).
Concepciones negativas de la diferencia, en este caso la orientación sexual, traen como consecuencia la coerción física, emocional, legal y financiera por parte de las familias, comunidades, instituciones religiosas y gobiernos contra las lesbianas, violando las normas internacionales de Derechos Humanos, lo que nos lleva forzosamente a asumir como nuestras y de manera acrítica las normas heterosexuales, y en el peor de los casos a negar la expresión de su sexualidad, como una estrategia de sobrevivencia.
11. Ya que las mujeres logramos, por ejemplo, que la violencia intrafamiliar dejara de ser un asunto de la intimidad para convertirse en un problema social, y que el Estado dejara de legitimar el abuso al que eran sometidas las mujeres, debido a su negligencia o a la invocación de la santidad de la familia y de la esfera privada, como argumento para no evitar responder por dichas violaciones.
12. Si los sistemas de justicia han sido bastante lentos en asimilar los problemas jurídicos de la problemática de la mujer, (Caso Ley 294 de 1996 sobre violencia Intrafamiliar) ya podemos imaginarnos cómo será la situación cuando gays y lesbianas hagamos uso de la legislación para protegernos.
13. Fraser, Nancy. op. cit.
14. No vamos a profundizar en el debate de los significados de los bares de gays para las lesbianas: como espacios de discriminación, espacios sórdidos donde muchas veces nuevamente nos sentimos excluidas